La big band de Pacho Galán en la presenrtación del Festival de Orquestas en marzo pasado.
La big band de Pacho Galán en la presenrtación del Festival de Orquestas en marzo pasado.
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“Hermanos Pérez no están autorizados para usar el nombre del maestro Pacho Galán”

Dice Armando Galán, heredero del ‘Rey del merecumbé’, quien afirma que la Fiscalía abrió dos nuevos procesos por derechos de autor y usurpación de marca.

"Los hermanos Ricardo, Roger, Jorge y Alí Iván Pérez Chávez no están autorizados para usar las obras del maestro Pacho Galán, ni para explotarlas ni cobrar por interpretarlas sin autorización de los herederos del llamado ‘Rey del merecumbé’, de Sayco o la promotora Peer Music donde reposa la obra musical", dijo a Zona Cero Armando Galán, nieto del célebre maestro soledeño.

Así lo expresó en respuesta del fallo del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Barranquilla que archivó por preclusión el proceso que seguía contra los hermanos Pérez-Chávez, por el uso comercial y derechos de propiedad industrial del nombre de la Orquesta Pacho Galán, además de la interpretación de su música.

Para Armando Galán Valencia, no es cierto que un juez de la República les haya otorgado el derecho de la orquesta Pacho Galán, creada por el mismo ‘Rey del Merecumbé’ y todo el legado musical, como tampoco lo es el que la familia Galán esté dirimiendo el nombre de la orquesta Pacho Galán.

“En  Colombia, las leyes y normas concordantes del tema en materia de herencia es por línea familiar y los señores ostentan el apellido Pérez, lo que sería incoherente hablar que heredaron la afamada Orquesta y su legado cuando no existe un solo documento firmado por el maestro Galán ni testamento alguno que los acrediten como herederos del reconocido artista soledeño”, dice.

Para Galán, en este caso podría asegurarse que se trata de un “presunto abuso de confianza” por parte del fallecido cantante Alí Pérez que en 1994, cuatro años después de la muerte del músico soledeño, registró un local comercial de nombre Orquesta Pacho Galán, sin decirle nada a la familia ni tener el consentimiento de los verdaderos herederos de nuestro gran Pacho Galán.

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Con base a la normatividad vigente en materia de Derechos de Autor (Ley 23 de 1982), dijo que hay una circular vigente, la DRS-002 del 28 de enero de 2013 por parte de la Sociedad de Autores y Compositores Sayco, que prohíbe de manera expresa el uso total de las obras registradas en el catálogo musical del maestro Francisco Pacho Galán.

También señala a los hermanos Pérez por usar presuntamente la marca, aprovechándose del ‘good will’, el buen nombre del maestro, su reputación y el reconocimiento que ostenta por haber creado su orquesta, inventar ritmos musicales y dejar un legado musical incomparable e inalcanzable “que los hermanos Pérez nunca han logrado, pues estos no son músicos de academia, son empíricos, nunca han asistido a una facultad de Bellas Artes para aprender el arte de escribir música, armonizar y construir su propio legado como sí lo hizo el maestro Pacho Galán y sus hijos Armando y Franco Galán”.

También explica que las denuncias interpuestas por la familia Galán no son por la propiedad de la orquesta Pacho Galán.

Está claro –añade- que esta la creó el mismo maestro Galán para dar a conocer su exitosa música y no se la regaló, vendió, cedió ni heredó al padre de los hermanos Pérez ni a sus hijos, como lo consta en el poder de mayo de 1982 elevado solo a firmas, donde el maestro Pacho Galán de manera directa y clara nombra a el señor Alí Pérez Camacho, (Q.E.P.D), representante legal, “para que de manera exclusiva use el nombre comercial de la orquesta de mi propiedad, denominada Orquesta Pacho Galán.

Finalmente, dice que la familia Galán seguirá tomando las acciones legales en caso de infracción a los derechos de autor y sus conexos, a la usurpación y uso de su marca sin autorización.

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